El Ministerio de Seguridad de la Nación restringió la portación,
tenencia y transporte del arma de dotación para los efectivos de las
fuerzas de seguridad con antecedentes de violencia familiar, en licencia
psiquiátrica o investigados por uso de la fuerza en el ejercicio de sus
tareas.
La medida, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial, abarca al
personal de la Policía Federal, de Prefectura Naval, de Gendarmería y de
la Policía de Seguridad Aeroportuarialos cuerpos policiales y fuerzas
de seguridad, con el fin de resguardar la integridad física, psicológica
y moral de las personas.
Los jefes de esas instituciones fueron instruidos, mediante la Resolución
1515/2012,
para que "en el plazo de 30 días corridos adecuen sus normas y
procedimientos internos y establezcan las responsabilidades
correspondientes en relación a la restricción de la portación, tenencia y
transporte del arma de dotación" a su personal.
Uno de los casos en los que operará la restricción es "cuando se
hubieren adoptado alguna de las medidas dispuestas por los artículos 26
de la Ley 26.485 (Protección Integral de las Mujeres) o 4º de la Ley
24.417 (Protección contra la Violencia Familiar)".
El personal implicado en ese tipo de conductas "deberá retirar el arma
de dotación en el momento de ingreso, entregándola al final de la
jornada de trabajo", indica el texto oficial.
La directora de Derechos Humanos del Ministerio, Natalia Federman, dijo
a Télam que la retención del arma se aplicará "en todos los casos de
violencia familiar" que involucren a efectivos.
"Cada fuerza tiene un régimen de portación diferente, en algunas llevar
el arma a la casa es una norma generalizada, en otras se autoriza por
rango y en otras por el desarrollo de las tareas" que realiza el
personal, explicó.
La Policía de Seguridad Aeroportuaria, ejemplificó Federman, sólo
habilita a llevar el arma reglamentaria a su casa a los efectivos que
realizan tareas complejas.
La decisión del gobierno, señaló, es "establecer un núcleo común" ante
las conductas violentas del personal de seguridad y que las fuerzas
equiparen su accionar al respecto "por encima de las particularidades"
existentes en cada una.
Se trata de "medidas de protección" para prevenir la violencia contra
la mujer, familiar y en las relaciones interpersonales, aunque no
implica "ningún tipo de sanción", apuntó Federman.
Las medidas de esta índole serán notificadas por las fuerzas de
seguridad al Registro Nacional de Armas (Renar), para que revoque su
conformidad de tenencia privada a los efectivos que tiene arma propia.
Cuando por las "funciones, la situación operacional y/o la modalidad de
cumplimiento de servicios del personal denunciado no permita cumplir
con el retiro y entrega" según lo establecido (por ejemplo, en
dependencias donde no hay armería), "se deberá restringir la portación,
tenencia y transporte del arma de dotación".
También habrá restricción para los efectivos en uso de licencias
psiquiátricas dispuestas por las juntas de reconocimientos médicos de
las fuerzas o que haya sido "exonerado o dado de baja, pues en esos
casos no pueden ser legítimos usuarios de armas", según lo los artículos
3º y 4º de la Disposición 487/07 del Renar.
El tercero de los casos previstos es para el personal en
"disponibilidad preventiva o situación de revista equivalente por hechos
vinculados al uso de la fuerza y/o en casos graves en los que se haya
detectado un accionar contrario a la normativa sobre uso de armas de
fuego".
En todos esos casos "se procederá, según corresponda, a modificar la
conformidad" otorgada o a "suspender preventivamente la condición de
legítimo usuario y/o portación de armas y municiones particulares
registradas a través de los mecanismos correspondientes" ante las
autoridades del Renar.
Federman dijo que la restricción en la tenencia y portación de armas a
los efectivos de seguridad abarcados en la medida "está vigente" y que
las respectivas fuerzas deberán ajustar sus reglamentos y "en 30 días
elevarlos al Ministerio".(Télam)
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